A través de la firma de cinco disposiciones que se publicaron este viernes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de una serie de productos.

La disposición 802-E/2018 prohíbe «la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional a la firma Intermed Insumos S.R.L (…) hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación sanitaria a nivel jurisdiccional y su posterior habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 7038/15″.

Por otra parte, la disposición 805-E/2018 levantó la venta «en todo el territorio nacional todos los lotes del producto rotulado como: ‘Bacalao – Aceite de Hígado de Bacalao’, Suplemento dietario, contenido neto 125 ml, elaborado por Laboratorios APOTARG S.R.L., Expte. 11080/69, San Jerónimo N° 2425- Córdoba» e instruyó sumario sanitario al establecimiento Laboratorios Apotarg SRL.

«El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155 y 1381 del CAA por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal», justificó la ANMAT.

Además, la disposición 865-E/2018 estableció la prohibición del uso y la distribución del producto médico rotulado como «‘Sertexime Multienzimático / Detergente No Iónico / Bases Activas: Tensioactivos no iónicos / Enzimas amilasa, proteasa y lipasa- anticorrosivos / Sanitización de Instrumental y Superficies Laboratorios Clínicos-Médicos / Laboratorio Sertex SRL / Producto autorizado por el Ministerio de Salud Cert. N° 3408′ en todas sus presentaciones y lotes, hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración». También se instruyó sumario sanitario a la firma Laboratorio Sertex SRL.

En tanto, la disposición 935-E/2018 prohibió «la elaboración, el uso y la comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes de todos los productos domisanitarios de la firma Home S.R.L» e instruyó sumario sanitario a la empresa.

«El establecimiento contaba al momento de la inspección con habilitación municipal emitida por la Dirección de Control Ambiental e Industrial del Municipio de Lanús pero no habilitación del establecimiento ante esta Administración Nacional ni registro de los productos en cuestión», explicó la ANMAT.

Por último, la disposición 1042-E/2018 prohibió «la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional, fuera de la provincia de Corrientes, a la firma Droguería del Taragui S.A(…)  hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación sanitaria a nivel jurisdiccional y su posterior habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 7038/15″ e instruyó sumario sanitario a la empresa.