Ya se cobra un nuevo impuesto cuando llenás el tanque del auto

Desde hace días rige el cambio de la estructura impositiva de los combustibles ordenado por la Ley Tributaria, que dispuso saltar de un componente variable a uno fijo, además de establecer un cargo ambiental de mayor cuantía para los derivados más contaminantes.

La nueva composición dista bastante del proyecto original. La propuesta inicial creaba cargas mucho mayores al tiempo que proponía la implantación de un “buffer” para amortiguar las variaciones de la cotización internacional del crudo, uno de los principales componentes que definen el precio en el surtidor.

Al respecto, el Director de G&G Energy Consultants y especialista energético Daniel Gerold, aseguró a Surtidores que no contribuye a la amortiguación ya que la capacidad de reducción del impuesto es del 10 por ciento y la suba es del 25. Pero además, afirma que se habilitó un ajuste trimestral de acuerdo con la evolución de la inflación, por lo que se vaticina que según  los índices previstos, se asegura un aumento una vez que se realice la revisión.

Vale recordar que con la reforma tributaria, la ley 23.966, que fijaba los impuestos nacionales aplicados a la comercialización de combustibles líquidos, ha sido remplazada por la ley 24.730. Así, desde principios de mes dejó de aplicarse la Tasa al Gas Oil y el Fondo Hídrico, se mantiene el impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC) y comenzó a regir el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC).

Fuente: Surtidores.com

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